Rebaja Impuesto de Timbres y Estampillas

En el contexto de las medidas tributarias anunciadas por el gobierno, y que comentamos días atrás, finalmente el día de hoy fue publicada en el Diario Oficial la Ley Nº 21.225 que establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad Covid-19 en Chile.

Dentro de sus disposiciones, el artículo tercero incluye una rebaja transitoria de la tasa del Impuesto de Timbres y Estampillas a 0%, la que regirá entre el 1º de abril y el 30 de septiembre de 2020.

Esta rebaja aplica a todos los documentos gravados con el Impuesto de Timbres y Estampillas que respalden operaciones de crédito de dinero, como por ejemplo: mutuos, pagarés o letras de cambio durante el período de rebaja transitoria.

Considerando la reciente publicación de esta norma, el Servicio de Impuestos Internos (SII) deberá emitir una Circular que contenga instrucciones detalladas respecto de esta rebaja transitoria.

En cuanto se publique la Circular podremos aclarar algunas dudas que surgen de esta rebaja y que dicen relación con temas prácticos.

Con esta rebaja se beneficia a todos los contribuyentes sin excepción, otorgando un alivio para las personas y empresas que requieran de financiamiento, así como también la posibilidad de respaldar préstamos que no cuenten con su documento respectivo.